Micelio

Artículo 2

Entiéndese Por Patrono, La Persona Natural Que Remunera Los Servicios Personales Del Trabajador Doméstico Que Ha Contratado Y Se Beneficia De Ellos

Decreto 824 de 1988 · Por el cual se desarrolla la Ley 11 de 1988

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Entiéndese por patrono, la persona natural que remunera los servicios personales del trabajador doméstico que ha contratado y se beneficia de ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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