Diversas clases de recursos. Contra las providencias judiciales procederán los siguientes recursos.
El de reposición.
El de apelación.
El de súplica.
El de casación.
El de queja.
El de revisión.
El de anulación.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 62.Diversas clases de recursos.- Contra las providencias judiciales del trabajo procederán los siguientes recursos:
1°. El de reposición;
2°. El de apelación;
3°. El de súplica;
4°. El de casación, y
5o. El de hecho.
También procederá el recurso especial de homologación en los casos previstos en este Decreto.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
JURISPRUDENCIA