Artículo cuarto. De la apropiación de $ 6.000.000.00 anuales que el Ministerio de Fomento destina al Departamento del Chocó, se harán las siguientes inversiones en el primer semestre de 1960: I Vías de Comunicación
Carretera Istmina-Baudó $ 500.000.00
Carretera Quibdó-Yuto 500.000.00 Las partidas mencionadas anteriormente estarán sujetas para su inversión a contrato con el Ministerio de Obras Públicas, ya que las carreteras dichas son nacionales.
Aeropuerto Bahía Solano 240.000.00
Para formar una sociedad comercial con terceros que explote el transporte marítimo en la costa del Pacífico 157.000.00
Compra de botes y acondicionamiento de la lancha para la navegación del río Atrato y costa del Atlántico 300.000.00
Subsidio para transporte aéreo 6.000.00
Mantenimiento de aeropuertos 25.000.00 II Construcciones: a) Instituto de Enseñanza Secundaria y Profesional 140.000.00 b) Hotel de turismo 520.000.00 III Campañas de Fomento: a) Acueducto y Alcantarillado (aporte al Instituto de Fomento Municipal) 500.000.00 b) Oficina de Planeación 108.000.00 Total de la inversión para el primer semestre $ 3.000.000.00
La partida apropiada en el ordinal b) del numeral 1° del artículo 1° del Decreto número 1733 de 1959 se destinará junto con la partida de que se habla en el ordinal d) del numeral 1° del artículo 4° del presente Decreto para la formación de una sociedad comercial con terceros que explote el renglón de transporte marítimo en la costa del Pacifico.