Compete al Ministerio de Educación Nacional certificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 de la Ley 60 de 1993 para que los departamentos y distritos asuman la administración directa de los recursos del situado fiscal para la prestación de los servicios educativos. Para ese efecto, los gobernadores y alcaldes distritales deberán acreditar ante el Ministerio de Educación Nacional que han satisfecho las formalidades dispuestas en el Capítulo II de este Decreto, de acuerdo con el procedimiento que se establece en los artículos siguientes.
Artículo 23
Compete Al Ministerio De Educación Nacional Certificar El Cumplimiento De Los Requisitos Establecidos En El Artículo 14 De La Ley 60 De 1993 Para Que Los Departamentos Y Distritos Asuman La Administración Directa De Los Recursos Del Situado Fiscal Para La Prestación De Los Servicios Educativos
Decreto 2886 de 1994 · por el cual se reglamentan los procedimientos y demás formalidades necesarias que deban cumplir las entidades territoriales para obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos que les permita asumir la administración de los recursos del situado fiscal y la prestación del del servicio educativo
El texto del artículo
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Historia constitucional
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