Articulo 54. De las condiciones de las anchoas en salmuera al ser abiertos los, envases . Al ser abiertos los envases que contengan anchoas o anchoitas en salmuera, no deberá percibirse olor a fermentación, no deberán hallarse unidades, alteradas ni grasas sobrenadando en la tenor de cloruro de sodio no excederá del treinta por ciento (30%) del producto envasado. Si el producto presenta las características anotadas, será decomisado.
Decreto 561 de 1984 →Vigente
Artículo 54
De Las Condiciones De Las Anchoas En Salmuera Al Ser Abiertos Los, Envases
Decreto 561 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto, a captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.