Micelio

Artículo 19

El Banco De La República Dentro De Un Cupo Extraordinario Equivalente A Un L5% De Su Capital Pagado Y Reserva Legal, Podrá Hacer Préstamos Hasta Por Seis Meses De Plazo, Garantizados Con Bonos De Deuda Interna Nacional Unificada Del 4% A Las Empresas Que Suscriban Tales Valores En Los Términos Del Presente Decreto

Decreto 380 de 1945 · Sobre fomento de las industrias de edificación y mejoramiento de la vivienda popular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Banco de la República dentro de un cupo extraordinario equivalente a un l5% de su capital pagado y reserva legal, podrá hacer préstamos hasta por seis meses de plazo, garantizados con bonos de deuda interna nacional unificada del 4% a las empresas que suscriban tales valores en los términos del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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