Micelio

Artículo 1

La Correspondencia De Paises Extranjeros Que Se Reciba A Debe En La Administracion Anexa A La Direccion Jeneral De Correos I En Las Administraciones Principales I Subalternas De Hacienda Nacional, Se Entregará A Los Interesados, Cobrándoseles El Porte Respectivo Por El Empleado Que Verifique La Entrega

Decreto 100 de 1877 · Que determina como debe recaudarse el porte de la correspondencia a DEBE que se recibe de países estranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La correspondencia de paises extranjeros que se reciba a debe en la Administracion anexa a la Direccion jeneral de Correos i en las Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional, se entregará a los interesados, cobrándoseles el porte respectivo por el empleado que verifique la entrega.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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