No obstante lo dispuesto en este Decreto, previo concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría General de la Presidencia de la República podrá autorizar que se exceda el valor de las nóminas cuando ello sea resultado de reclasificaciones o modificaciones a las Plantas de Personal que correspondan a lo establecido en el artículo 1° del Decreto 1792 de 1983 u obedezcan a la necesidad de asegurar el mejor logro de los objetivos del organismo o entidad y se hayan efectuado con sujeción a los artículos 75 y 78 del Decreto extraordinario 1042 de 1978.
Artículo 14
No Obstante Lo Dispuesto En Este Decreto, Previo Concepto Favorable De La Dirección General Del Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, La Secretaría General De La Presidencia De La República Podrá Autorizar Que Se Exceda El Valor De Las Nóminas Cuando Ello Sea Resultado De Reclasificaciones O Modificaciones A Las Plantas De Personal Que Correspondan A Lo Establecido En El Artículo 1° Del Decreto 1792 De 1983 U Obedezcan A La Necesidad De Asegurar El Mejor Logro De Los Objetivos Del Organismo O Entidad Y Se Hayan Efectuado Con Sujeción A Los Artículos 75 Y 78 Del Decreto Extraordinario 1042 De 1978
Decreto 1028 de 1984 · Por el cual se determina el valor máximo de las nóminas de personal de la Administración Pública Nacional y de las Intendencias y Comisaría
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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