Micelio

Artículo 105

Decreto 501 de 1955 · Por medio del cual se reorganiza la carrera profesional de Suboficiales de las Fuerzas Militares y Marinería de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La separación temporal de los Suboficiales y Marineros de las Fuerzas Militares solamente tendrá lugar por mala conducta comprobada en caso de menor gravedad y por un (1) año como máximo. La sentencia condenatoria que impone dicha pena y las decisiones de los Tribunales Disciplinarios deben fijar en cada caso la duración de esta sanción. Durante el tiempo de la separación no habrá derecho a sueldos, primas ni asignaciones de retiro, ni a percibir ninguna otra prestación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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