Micelio

Artículo 4

El Fondo Tendrá La Siguiente Organización Administrativa: A) Dirección; B) Secretaria; C) Unidad Dé Evaluación De Proyectos; D) Unidad Financiera

Decreto 2236 de 1973 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico del Fondo de Bienestar Veredal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Fondo tendrá la siguiente organización administrativa

a)

Dirección;

b)

Secretaria;

c)

Unidad dé evaluación de Proyectos;

d)

Unidad financiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2236 de 1973