Micelio

Artículo 17

El Trabajador Que Pierda En Forma Total Y Permanente Su Capacidad De Ganancia, Tendrá Derecho A Una Renta Equivalente A Las 2/3 Partes Del Salario Básico, De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 13 Del Presente Reglamento, Y Mientras Este Estado Persista

Decreto 1698 de 1960 · Por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El trabajador que pierda en forma total y permanente su capacidad de ganancia, tendrá derecho a una renta equivalente a las 2/3 partes del salario básico, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 13 del presente Reglamento, y mientras este estado persista.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1698 de 1960