Micelio

Artículo 1.5.3.9.8

Confidencialidad Y Reserva De La Información

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los sujetos obligados a generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento y sus representantes les corresponde mantener la más estricta reserva sobre la información transferida y tratar la misma con la calidad de confidencial, en consecuencia, no deberán divulgarla, publicarla, cederla, venderla, ni de otra forma, directa o indirecta, ponerla a disposición de terceros, ni total ni parcialmente y a cumplir la citada obligación incluso con terceros que no estén autorizados a acceder a dicha información.

Los sujetos obligados a generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento y sus representantes que no mantengan bajo reserva o confidencialidad la información que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) transmita una vez validados los documentos soporte de nómina electrónica y las notas de ajuste del mencionado documento; y que, por razón de su empleo, cargo, obligación o función, conserven bajo su cuidado o a la cual tengan acceso.

Para tales efectos, las personas que contrate o vincule el sujeto obligado o su representante para el desarrollo de las actividades y que impliquen el tratamiento de los datos personales, no podrán publicar, difundir, comentar o analizar frente a terceros esta información, ni podrán manipularla para beneficio propio o de terceros, ni utilizarla para fines personales, comerciales, de explotación económica y/o cualquier otro uso, ajeno a la competencia autorizada en la normatividad vigente.

(Artículo 35, Resolución 13 de 2021)

CAPÍTULO 4.

RADIAN.

SECCIÓN 1.

OBJETO Y DEFINICIONES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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