Micelio

Artículo 22

Decreto 1348 de 1992 · por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de transporte internacional de mercancías por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Permiso Especial de Origen y el Permiso de Operación para transporte propio tendrán una vigencia de un (1) año, contado a partir de la fecha de su expedición y serán renovados por períodos iguales a solicitud de la empresa interesada, previa actualización de los requisitos contemplados en los artículos 20 y 21 del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1348 de 1992