Modifíquese el primer inciso del artículo 2.1.1.4.1.5.4 del Decreto número 1077 de 2015, el cual quedará así: “Artículo 2.1.1.4.1.5.4. Solicitud de investigación. Cuando se compruebe que se recibió el beneficio del subsidio familiar de vivienda de manera fraudulenta o utilizando documentos falsos, se solicitará a la autoridad competente el inicio de una investigación por el delito de Fraude en Subvenciones señalado en el artículo 403 A de la Ley 599 de 2000, adicionado por el artículo 26 de la Ley 1474 de 2011, de acuerdo con lo dispuesto en el
del artículo 8º de la Ley 3ª de 1991, modificado por el artículo 13 de la Ley 2079 de 2021”.