Micelio

Artículo 8

El Personal Técnico Restante :se Nombrará Y Su Remuneración Se Fijará Por Contratos Celebrados Con El Gerente Y Debidamente Aprobados Por La Junta La Cual Señalará Las Asignaciones Del Personal De Nómina Cuyos Nombramientos Los Efectuará El Gerente, Con La Aprobación De La Junta

Decreto 897 de 1950 · Por la cual se aprueba el Decreto número 40, de 30 de enero del año en curso, dictado por el Gobernador del Departamento de Nariño

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal técnico restante :se nombrará y su remuneración se fijará por contratos celebrados con el Gerente y debidamente aprobados por la Junta la cual señalará las asignaciones del personal de nómina cuyos nombramientos los efectuará el Gerente, con la aprobación de la Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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