°. A partir del 1° de enero de 2003, la remuneración mensual de los Procuradores Judiciales II ante los Tribunales: Superiores de Distrito Judicial, Contencioso Administrativo, Penal Militar, Nacional, ante Jurisdicción Agraria, de Menores y Familia, será de: cinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos sesenta y tres pesos ($5,344,763.00) M/cte., distribuida así: ASIGNACION BASICA 2,097,077.00 GASTOS DE REPRESENTACIÓN 2,097,077.00 PRIMA ESPECIAL 1,150,609.00
Artículo 8
A Partir Del 1° De Enero De 2003, La Remuneración Mensual De Los Procuradores Judiciales Ii Ante Los Tribunales: Superiores De Distrito Judicial, Contencioso Administrativo, Penal Militar, Nacional, Ante Jurisdicción Agraria, De Menores Y Familia, Será De: Cinco Millones Trescientos Cuarenta Y Cuatro Mil Setecientos Sesenta Y Tres Pesos ($5,344,763
Decreto 3548 de 2003 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.