Micelio

Artículo 31

Ningún Miembro De La Junta Directiva, Ni Funcionario De La Empresa Podrá Revelar Los Planes, Programas, Proyectos Y Actos Que Se Encuentren En Estudio O En Proceso De Adopción, Salvo Que La Junta Directiva O El Gerente General Hayan Autorizado La Información, So Pena De Incurrir En Causal De Mala Conducta

Decreto 1242 de 1970 · Por el cual se aprueba el Estatuto Orgánico de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ningún miembro de la Junta Directiva, ni funcionario de la Empresa podrá revelar los planes, programas, proyectos y actos que se encuentren en estudio o en proceso de adopción, salvo que la Junta Directiva o el Gerente General hayan autorizado la información, so pena de incurrir en causal de mala conducta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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