Micelio

Artículo 1

El Artículo 7º Del Decreto 1436 De 1985 Quedará Así: "para Los Efectos Previstos En El Artículo 15 Numeral 1º De La Ley 33 De 1985, El Director Del Fondo De Previsión Social Del Congreso Solicitará, Por Escrito, A La Caja Nacional De Previsión, Los Expedientes Relativos A Los Auxilios De Cesantía Que Hubieran Sido Reconocidos A Los Congresistas Y Empleados Del Congreso, Así Como La Relación De Pagos Correspondientes, Con El Fin De Poder Liquidar Las Nuevas Solicitudes Parciales O Definitivas

Decreto 3351 de 1985 · Por el cual se modifica el Decreto 1436 de 1985 y se deroga una disposición.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 7º del Decreto 1436 de 1985 quedará así: "Para los efectos previstos en el artículo 15 numeral 1º de la Ley 33 de 1985, el Director del Fondo de Previsión Social del Congreso solicitará, por escrito, a la Caja Nacional de Previsión, los expedientes relativos a los auxilios de cesantía que hubieran sido reconocidos a los congresistas y empleados del Congreso, así como la relación de pagos correspondientes, con el fin de poder liquidar las nuevas solicitudes parciales o definitivas. La Caja Nacional de Previsión Social deberá dar respuesta a la solicitud, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. En relación con los congresistas y empleados del Congreso, respecto de los cuales no se hubiere hecho reconocimiento alguno, la Caja Nacional de Previsión Social certificará tal situación. El reconocimiento y pago de las cesantías corresponde al Fondo de Previsión Social del Congreso con estricta sujeción a las normas legales y reglamentarias".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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