Micelio

Artículo 18

La Descripción De Las Funciones Específicas De Cada Serie Y El Señalamiento De Requisitos Mínimos Para Cada Clase De Empleo Se Hará En El Manual De Funciones Que Elaborará El Ministerio De Defensa Nacional En Coordinación Con El Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Previa Consulta Con Los Organismos Respectivos, Y Que Se Adoptará Por Decreto Del Gobierno

Decreto 588 de 1974 · POR EL CUAL SE FIJA EL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN Y REMUNERACIÓN PARA LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DE EMPLEOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO EDSCRITOS O VINCULADOS AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La descripción de las funciones específicas de cada serie y el señalamiento de requisitos mínimos para cada clase de empleo se hará en el manual de funciones que elaborará el Ministerio de Defensa Nacional en coordinación con el Departamento Administrativo del Servicio Civil, previa consulta con los organismos respectivos, y que se adoptará por Decreto del Gobierno. Las funciones y requisitos correspondientes a cada cargo se determinarán en los manuales descriptivos de funciones por los gerentes de las entidades, con base en el manual general y en las disposiciones legales vigentes. Las resoluciones respectivas requerirán la refrendación del Ministro de Defensa Nacional y el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil. DEL AJUSTE DE LAS PLANTAS DE PERSONAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 588 de 1974