°. La bonificación mensual para el personal de alfèreces, Guardiamarinas, Pilotines, Soldados Y Grumetes en actividad de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional, será la siguiente: Año 1979 Año 1980 Bonificación mensual 350.00 380.00
Decreto 219 de 1979 →Vigente
Artículo 6
La Bonificación Mensual Para El Personal De Alfèreces, Guardiamarinas, Pilotines, Soldados Y Grumetes En Actividad De Las Fuerzas Militares Y De Policía Nacional, Será La Siguiente: Año 1979 Año 1980 Bonificación Mensual 350
Decreto 219 de 1979 · Por el cual se modifica el Decreto-ley número 2925 de 1978 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.