º El Consejo de la Industria de Ensamble se dará su propio reglamento y organizará lo relacionado con sus sesiones, pero deberá reunirse necesariamente una vez al mes, y de manera extraordinaria cada vez que sea convocación por su Presidente.
Decreto 2449 de 1984 →Vigente
Artículo 2
El Consejo De La Industria De Ensamble Se Dará Su Propio Reglamento Y Organizará Lo Relacionado Con Sus Sesiones, Pero Deberá Reunirse Necesariamente Una Vez Al Mes, Y De Manera Extraordinaria Cada Vez Que Sea Convocación Por Su Presidente
Decreto 2449 de 1984 · Por el cual se crea el consejo de la industria de ensamble
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.