Micelio

Artículo 4

Se Establece Como Nota Adicional 1 Del Capítulo 87 Del Arancel De Aduanas, La Siguiente: Las Siguientes Partes Y Piezas, Importadas Totalmente En Conjunta S E Clasifican Por La Posición 87

Decreto 2023 de 1981 · Por medio del cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Se establece como nota adicional 1 del Capítulo 87 del Arancel de Aduanas, la siguiente: Las siguientes partes y piezas, importadas totalmente en conjunta s e clasifican por la posición 87.12.01.00 y pagarán un gravamen del 5% cuando sean importadas por industrias de fabricación o ensamble de motociclos y velocípedos: - Conjunto motor y .transmisión (incluye carburador, bomba de aceite, bomba de combustible y filtro - Magneto. - Medidores - Cerradura. - Lámpara principal frontal. - Cubos rueda delantera y trasera. - Conjunto de frenos y Cadena. Para tener derecho a este gravamen deberán cumplir en El momento de nacionalización con un concepto favorable del Ministerio de Desarrollo Económico de la entidad que esta designe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2023 de 1981