Micelio

Artículo 17

Decreto 3448 de 1983 · Por el cual se establece un estatuto especial para las zonas fronterizas, se otorgan estímulos e incentivos para su desarrollo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estímulo a la inversión industrial extranjera . Los inversionistas extranjeros que, previamente autorizados por el Departamento Nacional de Planeación, efectúen inversiones extranjeras en empresas industriales y agro-industriales, nuevas en el país, cuya actividad de transforma ción se desarrolle exclusivamente en los municipios de Ipiales, Tumaco, Cúcuta y Maicao y en los Distritos Fronterizos de las Intendencias y Comisarías, tendrán derecho a transferir al exterior, por diez (10) años a partir de la vigencia del presente Decreto, en divisas librémente convertibles, las utilidades netas comprobadas que generen anualmente tales inversiones, en una proporción del monto registrado en ellas equivalente a aquella que resulte de agregar 4 puntos al porcentaje de utilidades remesables que se consagra en el régimen general vigente sobre el particular.

Parágrafo

Las inversiones en minería, extracción y aprovechamiento de los recursos naturales no renovables se excluyen de las disposiciones propias del presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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