Micelio

Artículo 4

A Partir Del 1º De Enero De 2002, La Escala De Asignación Básica Para Los Diferentes Grados Del Empleo De Instructor Será La Siguiente: Instructor Grado Asignacion Basica 01 1,133,576 02 1,168,093 03 1,212,659 04 1,256,467 05 1,300,550 06 1,344,436 07 1,387,850 08 1,419,798 09 1,463,920 10 1,507,155 11 1,551,202 12 1,593,851 13 1,637,652 14 1,651,288 15 1,693,426 16 1,736,321 17 1,779,352 18 1,822,009 19 1,863,553 20 1,907,016

Decreto 679 de 2002 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 2002, la escala de asignación básica para los diferentes grados del empleo de Instructor será la siguiente: INSTRUCTOR GRADO ASIGNACION BASICA 01 1,133,576 02 1,168,093 03 1,212,659 04 1,256,467 05 1,300,550 06 1,344,436 07 1,387,850 08 1,419,798 09 1,463,920 10 1,507,155 11 1,551,202 12 1,593,851 13 1,637,652 14 1,651,288 15 1,693,426 16 1,736,321 17 1,779,352 18 1,822,009 19 1,863,553 20 1,907,016

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 679 de 2002