º. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2327 de 1948 →Vigente
Artículo 7
Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Expedición
Decreto 2327 de 1948 · por el cual se adiciona el Decreto número 1683 de 1948 sobre reconstrucción de procesos civiles.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.