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Artículo 7

Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Que Le Corresponden A La Escuela Normal, Ésta Contará Con La Siguiente Organización Técnica Y Administrativa: 1

Decreto 1955 de 1963 · Por el cual se reorganiza la educación normalista

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el cabal cumplimiento de las funciones que le corresponden a la Escuela Normal, ésta contará con la siguiente organización técnica y administrativa

1.

Rectoría

a)

Personal docente.

b)

Servicios docentes.

2.

Administración

a)

Servicios administrativos.

b)

Servicios auxiliares de la docencia.

c)

Servicios de salud y bienestar estudiantil.

d)

Mantenimiento y transportes.

3.

Organismos asesores

a)

Consejo de práctica docente.

b)

Consejo de profesores.

Parágrafo

Cuando el número de alumnos en una Escuela Normal Nacional sea superior a quinientos (500), o juicio del Ministerio de Educación, la índole y el volumen de trabajo así lo requieran, podrá designarse otro personal, así

a)

Un prefecto de educación media.

b)

Uno o más directores de internos.

c)

Uno o más coordinadores para los Servicios de Capacitación y perfeccionamiento profesional del magisterio en ejercicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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