º. Los departamentos y distritos elaborarán un plan de descentralización que les permita asumir las responsabilidades frente a las coberturas, la calidad y la eficiencia en la prestación de los servicios educativos estatales. De conformidad con lo dispuesto en el numeral cuarto del artículo 14 de la Ley 60 de 1993, este plan será formulado teniendo en cuenta la metodología y los componentes mínimos establecidos en los numerales uno a cuatro del Capítulo II del Documento Conpes Social Número 26 del 11 de mayo de 1994 y las pautas del Ministerio de Educación Nacional.
Decreto 2886 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 2886 de 1994 · por el cual se reglamentan los procedimientos y demás formalidades necesarias que deban cumplir las entidades territoriales para obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos que les permita asumir la administración de los recursos del situado fiscal y la prestación del del servicio educativo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.