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Artículo 4

Presentada La Escritura De Constitución De La Urbanización Al Registro De Instrumentos Se Procederá A La Apertura Del Folio De Matricula Inmobiliaria Matriz De La Urbanizacion, Ene

Decreto 1380 de 1972 · Por el cual se dictan unas medidas reglamentarias sobre inscripción de parcelaciones y urbanizaciones en el folio de matrícula inmobiliaria de que trata el Decreto-ley número 1250 de 1970, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de dicha norma y en el artículo 5 de la Ley 66 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4º. Presentada la escritura de constitución de la urbanización al registro de Instrumentos se procederá a la apertura del FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA MATRIZ DE LA URBANIZACION, ENE. Cual se anotaran los modelos generales de la misma y las sucesivas enajenaciones de las lotes o fracciones separadas que efectúen el propietario a partir de las vigencia del presente Decreto, comenzando por las cesiones que debe efectuar el municipio según quedo establecido en el anterior artículo y a las cuales cesiones deberá también abrírselas matricula propia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1380 de 1972