Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Otorgamiento. Las instituciones de educación legalmente autorizadas para ello, expedirán los títulos en nombre de la República de Colombia y por autorización del Ministerio de Educación Nacional, a quienes hayan cumplido con los requisitos del respectivo programa aprobado por el Estado y con las exigencias establecidas en los reglamentos internos de la institución y las demás normas legales.
(Decreto 180 de 1981, artículo 2°).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.