todos los establecimientos de educación de que trata el presente Decreto, están obligados a adoptar libretas escolares individuales, aparte de los boletines que se quiera enviar periódicamente, en las cuales se consignará las calificaciones de que trata el artículo 19, y las observaciones sobre asistencia, comportamiento y esfuerzo, para información regular de los padres de familia o acudientes.
Artículo 21
Todos Los Establecimientos De Educación De Que Trata El Presente Decreto, Están Obligados A Adoptar Libretas Escolares Individuales, Aparte De Los Boletines Que Se Quiera Enviar Periódicamente, En Las Cuales Se Consignará Las Calificaciones De Que Trata El Artículo 19, Y Las Observaciones Sobre Asistencia, Comportamiento Y Esfuerzo, Para Información Regular De Los Padres De Familia O Acudientes
Decreto 45 de 1962 · Por el cual se establece el Ciclo Básico de Educación Media, se determina el Plan de Estudios para el Bachillerato, y se fijan Calendario y Normas para evaluar el trabajo escolar.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.