Micelio

Artículo 6

º Transitorio

Decreto 2500 de 1986 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1990 de 1986

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Transitorio. Las entidades que incurran en el hecho previsto en el artículo 9º del Decreto 1990 de 1986, deberán presentar la declaración de renta y complementarios por el año gravable de 1985 y cancelar el impuesto a cargo, a más tardar el 15 de diciembre de 1986.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2500 de 1986