Micelio

Artículo 2

El Gobierno Suscribirá Y Pagará Las Acciones Correspondientes A Este Aumento, Y Con Tal Fin Queda Facultado Para Lo Siguiente: A) Para Aportar A La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, A Cambio De Acciones, Por El Precio De Costo Definitivo, La Propiedad De Las Obras De Irrigación De Coello Y Saldaña Con Todos Los Bienes Adscritos A Ellas, Lo Mismo Que Las Sumas Que Se Recauden Como Reembolso De Las Mencionadas Obras, Y B) Para Promover La Disolución Y Liquidación Del Banco Agrícola Hipotecario, Hacerse Cargo Del Pago De La Deuda Externa A Cargo De Dicho Banco, Mediante El Traspaso De Los Bienes Que Entre El Liquidador Y El Ministro De Hacienda Convengan Como Valor De Esa Deuda, Y Transferir El Resto Del Activo A La Caja De Crédito Agrario, Por El Valor Que Se Determine En La Liquidación, A Cambio De Que La Caja Se Haga Cargo Del Pasivo Del Banco Del Interior Del País Y La Diferencia Que Resulte, O Sea El Capital Líquido A Cambio De Acciones De La Caja

Decreto 1529 de 1954 · Por el cual se aumentan el capital de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno suscribirá y pagará las acciones correspondientes a este aumento, y con tal fin queda facultado para lo siguiente

a)

Para aportar a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, a cambio de acciones, por el precio de costo definitivo, la propiedad de las obras de irrigación de Coello y Saldaña con todos los bienes adscritos a ellas, lo mismo que las sumas que se recauden como reembolso de las mencionadas obras, y

b)

Para promover la disolución y liquidación del Banco Agrícola Hipotecario, hacerse cargo del pago de la deuda externa a cargo de dicho Banco, mediante el traspaso de los bienes que entre el liquidador y el Ministro de Hacienda convengan como valor de esa deuda, y transferir el resto del activo a la Caja de Crédito Agrario, por el valor que se determine en la liquidación, a cambio de que la Caja se haga cargo del pasivo del Banco del interior del país y la diferencia que resulte, o sea el capital líquido a cambio de acciones de la Caja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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