° Las Empresas Públicas Municipales de Cartagena, garantizarán a la Nación, mediante contrato con el Ministerio de Obras Públicas, la financiación y construcción del mencionado puente con terceros, su terminación y postura en servicio de la obra en el plazo máximo de dos años, contados a partir de la fecha de entrega del transbordador, ordenada en el artículo primero del presente Decreto.
Artículo 3
Las Empresas Públicas Municipales De Cartagena, Garantizarán A La Nación, Mediante Contrato Con El Ministerio De Obras Públicas, La Financiación Y Construcción Del Mencionado Puente Con Terceros, Su Terminación Y Postura En Servicio De La Obra En El Plazo Máximo De Dos Años, Contados A Partir De La Fecha De Entrega Del Transbordador, Ordenada En El Artículo Primero Del Presente Decreto
Decreto 3145 de 1954 · Por el cual se autoriza la construccion de un puente sobre le canal del Dique y la ejecucion de contratos por el sistema de concesion
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.