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Artículo 2.2.4.12.22

Integración De La Mesa Técnica Interinstitucional De Apoyo Al Programa De Prevención De Accidentes Mayores –Mippam

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración de la Mesa Técnica Interinstitucional de Apoyo al Programa de Prevención de Accidentes Mayores –MIPPAM. La Mesa Técnica Interinstitucional de Apoyo al Programa de Prevención de Accidentes Mayores MIPPAM, estará integrada por dos designados de cada una de las siguientes entidades

a)

Ministerio del Trabajo, quien presidirá la Mesa,

b)

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

c)

Ministerio de Salud y Protección Social,

d)

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio,

e)

Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres.

Parágrafo 1

Asistirá como invitado permanente un delegado del Ministerio de Minas y Energía.

Parágrafo 2

La Mesa sesionará con al menos un (1) integrante de cada entidad y su participación se realizará en forma presencial o virtual. Los insumos técnicos de la Mesa constarán en el acta de la sesión correspondiente, elaborada por la Secretaría Técnica.

Parágrafo 3

La Secretaría Técnica de la Mesa estará en cabeza del Ministerio del Trabajo, la cual podrá invitar de manera permanente o temporal a sus sesiones, previa convocatoria, a entidades públicas y organizaciones privadas que puedan contribuir, de acuerdo con los temas específicos a abordar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1072 de 2015