Nominación y selección de los beneficiarios. Los beneficiarios de la beca de que trata el presente capítulo, en las dos categorías, serán ciudadanos colombianos cuya edad oscile entre los 14 y los 28 años cumplidos al momento de su postulación. Serán nominados por organizaciones sociales o no gubernamentales, reconocidas por las autoridades competentes, cuyo objeto social y actividades tengan relación directa con el fomento de la solidaridad y fraternidad ciudadana, así como de los valores cívicos, democráticos y pacíficos; previa convocatoria que anualmente realice para tal fin el Ministerio de Educación Nacional, entre los meses de agosto y septiembre. Dichas organizaciones, no podrán nominar a personas con las que tengan algún vínculo laboral o contractual.
Decreto 1075 de 2015 →Vigente
Artículo 2.5.3.12.3
Nominación Y Selección De Los Beneficiarios
Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.