Los Suboficiales a que se refiere el artículo anterior, serán calificados y clasificados como Suboficiales Alumnos conforme lo estipula el Reglamento de Calificación y Clasificación para el Personal de las Fuerzas Militares y podrán ascender durante su permanencia en las Escuelas Militares, dentro del Escalafón de Suboficiales, previo concepto favorable de la Dirección de la Escuela, con base en los resultados académicos obtenidos.
Artículo 15
Los Suboficiales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Serán Calificados Y Clasificados Como Suboficiales Alumnos Conforme Lo Estipula El Reglamento De Calificación Y Clasificación Para El Personal De Las Fuerzas Militares Y Podrán Ascender Durante Su Permanencia En Las Escuelas Militares, Dentro Del Escalafón De Suboficiales, Previo Concepto Favorable De La Dirección De La Escuela, Con Base En Los Resultados Académicos Obtenidos
Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.