Micelio

Artículo 59

Quien No Pretendiera Hablar En Pro O En Contra De Lo Que Esté En Discusión, No Podrá Pedirla Palabra Sino Para Proponer, Y Al Pedirla Así Lo Expresará

Decreto 464 de 1964 · por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 3 de 1963 (enero 23), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre el reglamento para el funcionamiento interno del Consejo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quien no pretendiera hablar en pro o en contra de lo que esté en discusión, no podrá pedirla palabra sino para proponer, y al pedirla así lo expresará.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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