Micelio

Artículo 33

Características Y Condiciones De La Leche Higienizada Semidescremada

Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Características y condiciones de la leche higienizada semidescremada. La leche higienizada semidescremada, deberá tener las siguientes características

a)

Fisico-químicas Densidad: a 15/15º C 1.0310 a 1.0335. Materia grasa 1.5% a 2.0% m/m Extracto seco total: mínimo 9.8% m/m. Extracto seco desengrasado: mínimo 8.3% m/m. Sedimento (impurezas macroscópicas): en grado máximo de escala de impurezas de 0.5 mg/500 cm 3, norma o disco. Acidez expresada como ácido láctico: 0.14 a 0.19%. Indice crioscópico: - 0.54º C ± 0.01º C ó 20 Indice de refracción mínimo N 1.3420 D

b)

Condiciones especiales; Prueba de fosfatasa para leche pasteurizada ultrapasteurizada y esterilizada: Negativa. Prueba de fosfatasa para leche irradiada: Positiva. Prueba de peroxidasa para leche pasteurizada e irradiada: Positiva. Prueba de peroxidasa para leche ultrapasteurizada y esterilizada: Negativa. Tiempo de reducción del azul de metileno (ensayo de reductasa) mínimo 7 horas. Prueba de alcohol: no se coagulará por la adición de un volumen igual de alcohol de 68% en peso ó 75% en volumen. Ausencia de sustancias tales como adulterantes, preservativos, sustancias tóxicas y residuos de drogas o medicamentes. Para residuos de plaguicidas se tendrán en cuenta normas oficiales de carácter nacional o en su defecto las normas internacionales FAO, OMS, u otras adoptadas por le Ministerio de Salud

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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