Son causales de cancelación de la cédula de ciudadanía por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, las siguientes:
Muerte del ciudadano;
Múltiple cedulación.
Expedición de la cédula a un menor de edad;
Expedición de la cédula a un extranjero que no tenga carta de naturaleza;
Perdida de la ciudadanía por haber adquirido carta de naturaleza en otro país, y
Falsa identidad o suplantación.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 67. Son causales de cancelación de la cédula de ciudadanía por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, las siguientes:
Muerte del ciudadano;
Múltiple cedulación.
Expedición de la cédula a un menor de edad;
Expedición de la cédula a un extranjero que no tenga carta de naturaleza;
Perdida de la ciudadanía por haber adquirido carta de naturaleza en otro país, y
Falsa identidad o suplantación.