° Los empleos de libre nombramiento y remoción serán provistos por nombramiento ordinario. Los empleos de carrera se proveerán en período de prueba con las personas que hayan sido seleccionadas por el procedimiento de concurso, según lo establece el presente Decreto y los reglamentos que dicte el Contralor.
Cuando no sea posible proveer un empleo de carrera con personal seleccionado por el sistema de concurso, podrá proveerse el empleo mediante nombramiento provisional, cuya duración no podrá exceder de un año, lapso durante el cual deberá proveerse el cargo por el sistema de carrera.