El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación por el Gobierno Nacional, al tenor de lo preceptuado en el artículo 32 del estatuto del Club de Suboficiales de las Fuerzas Militares, aprobado por Decreto número 1132 de 1963.
Decreto 1083 de 1987 →Vigente
Artículo 40
El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Aprobación Por El Gobierno Nacional, Al Tenor De Lo Preceptuado En El Artículo 32 Del Estatuto Del Club De Suboficiales De Las Fuerzas Militares, Aprobado Por Decreto Número 1132 De 1963
Decreto 1083 de 1987 · por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Suboficiales de las Fuerzas Militares.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.