Micelio

Artículo 40

La Tesis De Que Trata El Artículo Anterior, Será Impuesta Por El Comando General De Las Fuerzas Militares Con Diez (10) Meses De Anticipación A La Fecha En Que Cumpla Antigüedad Para Ascenso El Oficial

Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tesis de que trata el artículo anterior, será impuesta por el Comando General de las Fuerzas Militares con diez (10) meses de anticipación a la fecha en que cumpla antigüedad para ascenso el Oficial.

Parágrafo

A los treinta (30) días de haberse comunicado los temas, el Oficial informará al Comando General, por conducto del Comando de Fuerza, el tema escogido, Ciento veinte (120) días después de la anterior comunicación, el Oficial presentará el trabajo desarrollado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 73 de 1970