Determinación y reporte de vacantes definitivas . Para la provisión por mérito de la planta de personal destinada a las zonas rurales, las entidades territoriales certificadas deberán establecer las vacantes definitivas en los cargos docentes y directivos docentes ubicados en la planta de personal de los establecimientos educativos oficiales caracterizados como rurales, de conformidad con el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Estas vacantes definitivas deberán ser reportadas y certificadas por el gobernador, alcalde o el secretario de educación, siempre que tenga delegada la competencia de nominación, de la correspondiente entidad territorial certificada en educación a la CNSC con copia al Ministerio de Educación Nacional, para que dicha Comisión adelante la convocatoria de selección por mérito, de conformidad con lo dispuesto en el presente capítulo.
Decreto 1075 de 2015 →Vigente
Artículo 2.4.1.7.1.3
Determinación Y Reporte De Vacantes Definitivas
Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.