Micelio

Artículo 24

Las Causales De Anticipo, Aplazamiento O Exención Del Servicio Militar Señaladas En La Ley Y En Este Decreto, Excepto La De Inhabilidad Física, Sólo Tendrán Valor Cuando La Respectiva Solicitud Fuere Presentada A Más Tardar Durante El Mes Siguiente A Aquel En Que Hubiere Sido Inscrito El Interesado

Decreto 2020 de 1927 · Por el cual se reglamenta la Ley 167 de 1896, y se dictan otras disposiciones sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las causales de anticipo, aplazamiento o exención del servicio militar señaladas en la Ley y en este Decreto, excepto la de inhabilidad física, sólo tendrán valor cuando la respectiva solicitud fuere presentada a más tardar durante el mes siguiente a aquel en que hubiere sido inscrito el interesado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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