º Recibida el acta de ocupación o de decomiso, el Tribunal Superior de orden Público, emplazará a los propietarios de los bienes con el fin de que, personalmente, asistido de apoderado si lo estima conveniente, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes demuestren su propiedad sobre ellos, su procedencia legitima y el fin para el cual está destinada.
Decreto 1893 de 1989 →Vigente
Artículo 3
º Recibida El Acta De Ocupación O De Decomiso, El Tribunal Superior De Orden Público, Emplazará A Los Propietarios De Los Bienes Con El Fin De Que, Personalmente, Asistido De Apoderado Si Lo Estima Conveniente, Dentro De Los Cinco (5) Días Calendario Siguientes Demuestren Su Propiedad Sobre Ellos, Su Procedencia Legitima Y El Fin Para El Cual Está Destinada
Decreto 1893 de 1989 · Por el cual se complementan las medidas del Decreto legislativo 1856 de 1989, tendientes al restablecimiento del orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.