Micelio

Artículo 53

El Cuarenta Por Ciento(40%) Restante Del Producto A Que Se Refiere El Numeral 5° Del Artículo 40 De Estos Estatutos, Corresponderá Al Ministerio De Comunicaciones En La Forma Señalada Por Las Normas Orgánicas Del Mismo

Decreto 195 de 1976 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Administración Postal Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El cuarenta por ciento(40%) restante del producto a que se refiere el numeral 5° del artículo 40 de estos estatutos, corresponderá al Ministerio de Comunicaciones en la forma señalada por las normas orgánicas del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 195 de 1976