Micelio

Artículo 1

Decreto 523 de 2020 · Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas en relación con la importación de materias primas como el maíz amarillo duro, el sorgo, la soya y la torta de soya

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspender la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios para los siguientes productos

a)

Maíz amarillo duro, clasificado por subpartida arancelaria 10.05.90.11.00.

b)

Sorgo, clasificado por la subpartida arancelaria 10.07,90.00.00

c)

Soya, clasificada por la subpartida arancelaria 1201.90.00.00.

d)

Torta de soya, clasificada por la subpartida arancelaria 2304.00.00.00. La suspensión del Sistema Andino de Franja de Precios se aplicará únicamente para los productos mencionados y no para la totalidad de los productos en cada una de las franjas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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