Micelio

Artículo 10

Decreto 2666 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Decreto 053 de enero 13 de 1987, que establece el Servicio de Defensoria pública de Oficio, provee su funcionamiento y se crea la División respectiva en el Ministerio de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la prestación del servio así lo exija, los abogados de la División de Defensoría Pública de Oficio, podrán recibir o sustituir poderes y actuar como defensores dentro de los asuntos penales que el Jefe de la División autorice, cuando el proceso no pudiere ser atendido o hubiese sido abandonado por un Defensor Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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