Micelio

Artículo 8

Las Sanciones De Que Trata El Artículo Anterior, Serán Aplicadas Por La Justicia De Rentas Departamentales O Por El Organismo Que Haga Sus Veces

Decreto 386 de 1983 · Por el cual se dictan normas en materia de apuestas permanentes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las sanciones de que trata el artículo anterior, serán aplicadas por la justicia de rentas departamentales o por el organismo que haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 386 de 1983