Micelio

Artículo 21

Las Oficinas Públicas Encargadas De Estudiar Y Resolver Administrativamente Asuntos Relacionados Con Cualquier Ramo De La Industria Del Petróleo, Que Suministraran Al Interventor Los Datos E Informes Que Este Necesite Para El Mejor Desempeño De Sus Funciones

Decreto 1242 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 72 de 1925 y se dictan otras disposiciones sobre hidrocarburos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las oficinas públicas encargadas de estudiar y resolver administrativamente asuntos relacionados con cualquier ramo de la industria del petróleo, que suministraran al interventor los datos e informes que este necesite para el mejor desempeño de sus funciones.

Parágrafo

De igual manera procederá la oficina nacional de Minas cuando así lo disponga el Ministro de industrias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1242 de 1926